Fecha de Publicación: 06/02/1992
Página: 170-A
Carilla: 2

 MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 5

   Agrégase como inciso al artículo 47 de la ley 13.728, de 17 de 
diciembre de 1968, el siguiente:

   "Para la presentación de propuestas y durante el período de
construcción las cooperativas de vivienda y fondos sociales, 
conjuntamente con los institutos de asistencia técnica actúan como empresas de construcción. La reglamentación establecerá las condiciones crediticias y operativas que aseguren su eficiente desempeño en tal carácter".  
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