Ley 16.320
Aprúebase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al Ejercicio 1991.
Poder Legislativo.- El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
SECCION I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal,
correspondiente al Ejercicio 1991, con un resultado deficitario de N$
55.007.505.000 (nuevos pesos cincuenta y cinco mil siete millones
quinientos cinco mil), según los anexos que acompañan a la presente ley y
que forman parte integrante de la misma.
LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - JUAN ANDRES RAMIREZ -
HECTOR GROS ESPIELL - MARIANO R. BRITO - ANTONIO MERCADER - WILSON ELSO
GOÑI - EDUARDO ACHE - ENRIQUE ALVARO CARBONE - GUILLERMO GARCIA COSTA -
ALVARO RAMOS - JOSE VILLAR GOMEZ - JOSE MARIA MIERES MURO.