MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Créase un impuesto que gravará las ventas forzadas y que será satisfecho por el mejor postor de cada remate judicial de bienes muebles o inmuebles en todo el territorio de la República, incluídas las realizadas en el Depósito Judicial de Bienes Muebles. La tasa del tributo será del 2% (dos por ciento), y se calculará sobre el precio obtenido en el remate.Ayuda