Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 475

   Sustitúyese el artículo 608 de la Ley N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990, por el siguiente:

    "Artículo 608. Asígnase las siguientes partidas al Plan Nacional de Obras Municipales, Ministerio de Transporte y Obras Públicas:
 A) Con cargo a Rentas Generales, la cantidad de N$ 3.076.404.000 (nuevos
    pesos tres mil setenta y seis millones cuatrocientos cuatro mil),
    equivalente a U$S 1.236.000 (dólares de los Estados Unidos de América
    un millón doscientos treinta y seis mil), para el Ejercicio 1992; la
    cantidad de N$ 6.254.857.000 (nuevos pesos seis mil doscientos
    cincuenta y cuatro millones ochocientos cincuenta y siete mil),
    equivalente a U$S 2.513.000 (dólares de los Estados Unidos de América
    dos millones quinientos trece mil), para el Ejercicio 1993, y la
    cantidad de N$ 2.496.467.000 (nuevos pesos dos mil cuatrocientos
    noventa y seis millones cuatrocientos sesenta y siete mil),
    equivalente a U$S 1.003.000 (dólares de los Estados Unidos de América
    un millón tres mil) para el Ejercicio 1994;
 B) Con cargo a endeudamiento externo, la cantidad de N$ 8.776.214.000
    (nuevos pesos ocho mil setecientos setenta y seis millones doscientos
    catorce mil), equivalente a U$S 3.526.000 (dólares de los Estados
    Unidos de América tres millones quinientos veintiséis mil) para el
    Ejercicio 1992: la cantidad de N$ 17.047.160.000 (nuevos pesos
    diecisiete mil cuarenta y siete millones ciento sesenta mil)
    equivalente a U$S 6.849.000 (dólares de los Estados Unidos de América
    seis millones ochocientos cuarenta y nueve mil) para el Ejercicio
    1993, y la cantidad de N$ 8.651.764.000 (nuevos pesos ocho mil
    seiscientos cincuenta y un millones setecientos sesenta y cuatro mil),
    equivalente a U$S 3.476.000 (dólares de los Estados Unidos de
    América tres millones cuatrocientos setenta y seis mil) para el
    ejercicio 1994.
  Asígnanse las siguientes partidas, con cargo a Rentas Generales, al
Plan de Obras Municipales, a la Administración de las Obras Sanitarias del
Estado:
  A) La cantidad de N$ 174.230.000 (nuevos pesos ciento setenta y cuatro
     millones doscientos treinta mil), equivalente a U$S 70.000 (dólares
     de los Estados Unidos de América setenta mil) para el ejercicio 1992.
  B) La cantidad de N$ 1.314.192.000 (nuevos pesos mil trescientos catorce
     millones ciento noventa y dos mil), equivalente a U$S 528.000
     (dólares de los Estados Unidos de América quinientos veintiocho mil)
     para el Ejercicio 1993.
  C) La cantidad de N$ 915.952.000 (nuevos pesos novecientos quince
     millones novecientos cincuenta y dos mil), equivalente a U$S
     368.000 (dólares de los Estados Unidos de América trescientos sesenta
     y ocho mil), para el Ejercicio 1994.
    Dichas partidas serán destinadas a la ejecución de los subprogramas
de obras y de fortalecimiento institucional de acuerdo a los montos que
figuran en el contrato de préstamo para cada uno de ellos y sean
administradas por los organismos ejecutores que en su caso designe el
Poder Ejecutivo. Al efecto, autorízase a la Contaduría General de la
Nación a realizar las transferencias entre los organismos o unidades
ejecutoras correspondientes".


                              SECCION VII

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