Fecha de Publicación: 09/07/1993
Página: 663-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 5

   La solicitud de abanderamiento deberá ser acompañada de:
   A) Certificado notarial que acredite que el solicitante es persona
física con domicilio en la República y que la razón social está inscripta
en el Registro Público y General de Comercio, o persona jurídica con sede
en la misma y cuyo contrato o estatuto haya sido inscripto en ese Registro. 
   La empresa y el representante legal deberán tener domicilio 
constituido en territorio nacional.
   B) Documentación que acredite la propiedad del buque por parte del solicitante o su derecho a obtenerla, debidamente legalizada y traducida cuando coresponda en caso de tratarse de buques construidos o 
transferidos en el extranjero.

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