Fecha de Publicación: 29/10/1998
Página: 747-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Ley 17.015

Díctanse normas referentes a la educación inicial que se dispensa a niños
menores de seis años.
(2.394*R)

                            Poder Legislativo

    El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
                  Uruguay, reunidos en Asamblea  General,

                                DECRETAN

Artículo 1

Establécese que la educación inicial es la que se dispensa a niños
menores de seis años de edad para su desarrollo biopsicosocial integral y
armónico, mediante experiencias sistemáticas institucionalizadas de
socialización pedagógica.

SANGUINETTI - YAMANDU FAU


Recibido por D. O. el 26 de Octubre de 1998
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