Fecha de Publicación: 29/01/2001
Página: 644-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 02/02/2001, 15/02/2001.

Artículo 82

 Las Sociedades Anónimas Deportivas creadas en virtud de la presente ley 
cuya única finalidad sea la prevista en el inciso tercero del artículo 
70, estarán exoneradas de todo impuesto nacional.
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