(Declaración de interés nacional de zonas turísticas).- Decláranse de
interés nacional, conforme a lo dispuesto por el ordinal 9º) del artículo
85 de la Constitución de la República, las siguientes zonas turísticas:
A) Costa sobre el océano Atlántico, desde el balneario La Coronilla al
balneario Punta del Diablo, departamento de Rocha, comprendida en una
franja de treinta kilómetros a partir de la costa mencionada,
incluyendo la zona del Parque Santa Teresa.
B) Area aledaña a la Central Hidroeléctrica Constitución (Palmar),
departamento de Soriano.
C) Zona de Rincón del Bonete aledaña a la Central Hidroeléctrica "Dr.
Gabriel Terra" en el departamento de Tacuarembó.
D) Represa de Cuñapirú en el departamento de Rivera.
E) Parque "Bartolomé Hidalgo" en el departamento de Soriano.
F) Area aledaña a la Central Hidroeléctrica de Baygorria en los
departamentos de Durazno y Río Negro.