Las actuales unidades ejecutoras de la Administración de los Servicios
de Salud del Estado designadas como Institutos, pasarán a denominarse
Servicios en las especialidades de que se trate, con excepción de la
unidad ejecutora 010 Instituto Nacional de Reumatología, que, manteniendo
su condición, pasará a denominarse "Instituto Nacional de Reumatología
Prof. Dr. Moisés Mizraji", y el Instituto Nacional de Traumatología.