Fecha de Publicación: 19/09/2002
Página: 756-A
Carilla: 10

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 64

 Las economías resultantes de la supresión de cargos o funciones 
contratadas como consecuencia de los artículos contenidos en este 
capítulo se destinarán en su totalidad a Rentas Generales.

                               CAPITULO VI                                
                                                                          
                   NORMAS GENERALES SOBRE FUNCIONARIOS                    
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