Fecha de Publicación: 18/09/2003
Página: 699-A
Carilla: 11

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 11

 La presentación de una queja ante el Comisionado Parlamentario es sin 
perjuicio de los derechos que pueda tener el interesado para recurrir por 
la vía administrativa o judicial, de acuerdo con el régimen de recursos o 
acciones previstos por la ley.
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