(Renovación).- Anualmente, todos los menores de dieciocho años que
trabajen serán sometidos obligatoriamente a examen médico, a fin de
comprobar si la tarea que realizan es superior a su capacidad física. En
caso afirmativo deberán abandonar el trabajo por otro más adecuado.
La división técnica del Instituto Nacional del Menor podrá otorgar
autorizaciones por períodos más breves, a los efectos de exigir la
repetición del examen médico en todos aquellos casos que a su juicio sean
necesarios para garantizar una vigilancia eficaz, en relación con los
riesgos que presenta el trabajo o el estado de salud del niño o
adolescente.
El responsable del niño o adolescente podrá impugnar el examen y requerir
otro.