Modifícase el inciso primero del artículo 319 de la Ley Nº 17.296, de 21
de febrero de 2001, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 319.- El Ministerio de Educación y Cultura y el Servicio
Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos (SODRE) podrán
contratar, en régimen de 'cachet', solamente artistas, docentes, técnicos
en radio y televisión, espectáculos, periodistas en radio y televisión y
gestores de proyectos culturales, siempre y cuando presten efectivamente
servicios en estas áreas.
Deberá suscribirse un contrato donde se documente las condiciones y el
objeto de la prestación, pudiendo la Administración disponer en cualquier
momento su rescisión.
Dichas contrataciones serán de carácter transitorio y no darán derecho a
adquirir la calidad de funcionario público".