En cumplimiento de las normas sanitarias legales y reglamentarias, el
Profesional Veterinario acreditado tendrá las siguientes obligaciones:
A) Cumplir con los plazos, requisitos y procedimientos determinados
por el Servicio Oficial, en el desarrollo de las actividades
sanitarias que supone la acreditación.
B) Inspeccionar los animales personalmente y de acuerdo con las
exigencias impuestas por las normas sanitarias, antes de
certificar.
C) En los sistemas de identificación, aplicar las marcas, caravanas,
tatuajes personalmente, o en su presencia y bajo su supervisión,
en los casos en que las normas sanitarias pongan a cargo del
veterinario de libre ejercicio, dicha obligación.
D) Denunciar la existencia o sospecha de enfermedades de denuncia
obligatoria, inmediatamente de constatadas.
E) Aplicar las medidas sanitarias adecuadas para prevenir la
propagación de enfermedades, de acuerdo a las normas sanitarias y
a los manuales correspondientes.
F) Conocer las normas y procedimientos de los programas sanitarios
correspondientes al Area de Acreditación.
G) Extender las certificaciones en forma correcta y verificar que
todos los datos se ajusten a la realidad.