Fecha de Publicación: 13/12/2007
Página: 559-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 32

 Facúltase al Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Salud
Pública, a adecuar sus programas y redistribuir los créditos
presupuestales a los efectos de atender los costos de funcionamiento de la
Junta Nacional de Salud.
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