Fecha de Publicación: 15/10/2008
Página: 104-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 82

 La Agencia de Compras y Contrataciones del Estado tendrá como objetivo
contribuir con su acción a mejorar las condiciones en que el Estado,
concebido como agente único, singular y de peso dentro de algunos
mercados, procesa sus compras, así como a desarrollar las herramientas que
aseguren la mayor transparencia en la gestión de compras del Estado,
realizando para ello acciones de normalización, estandarización,
planificación y seguimiento, así como la instrumentación de las
herramientas tecnológicas de apoyo necesarias.

Tendrá los siguientes cometidos específicos:

1)     Asesorar al Poder Ejecutivo en la elaboración y seguimiento de
       políticas de compras públicas y en los procesos de actualización de
       la normativa.

2)     Contribuir a las tareas de planificación y toma de decisiones de
       los organismos públicos, en base al apoyo en las actividades de
       investigación y evaluación del mercado.

3)     Desarrollar y normalizar un Registro Unico de Proveedores, al que
       todos los organismos públicos recurrirán para solicitar
       antecedentes así como para remitir datos relevantes para fortalecer
       la gestión del Estado con vistas a concebirlo como agente único.

4)     Desarrollar métodos para el uso de catálogos comunes de acuerdo con
       los mejores sistemas desarrollados, apuntando a su más extendida
       utilización dentro del Estado.

5)     Establecer la más amplia difusión de los aspectos normativos
       relativos a la compra del Estado, apuntando a la aplicación de
       criterios homogéneos en los distintos organismos públicos
       involucrados.

6)     Establecer la más amplia difusión de aquella información relativa a
       los precios con que el Estado compra o contrata bienes y servicios,
       presentada de forma tal que constituya una herramienta de
       transparencia puesta a disposición de la ciudadanía.

7)     Propiciar actividades de capacitación dirigida a los distintos
       agentes de los sistemas, coordinando con las unidades ejecutoras
       responsables por la gestión y ejecución de compras y
       contrataciones, de forma tal que las acciones puedan superar las
       necesidades detectadas por las mismas y constituya un mecanismo
       idóneo de articulación permanente.

8)     Desarrollar normas de calidad de productos y servicios, coordinando
       con organismos de normalización y certificación y con el Instituto
       Nacional de Calidad.
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