Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 230

 A partir de la vigencia de la presente ley en el Inciso 04 "Ministerio
del Interior", los cargos de ingreso del escalafón L "Personal Policial"
de la unidad ejecutora 026 "Instituto Nacional de Rehabilitación" al vacar
pasarán a integrar el escalafón S "Personal Penitenciario" en el grado de
ingreso.
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