Fecha de Publicación: 05/01/2011
Página: 30-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 56

 A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, en los Incisos 02
al 15 del Presupuesto Nacional, serán suprimidas todas las vacantes de
cargos y funciones del escalafón CO "Conducción" del Sistema Integrado de
Retribuciones y Ocupaciones (SIRO), así como las vacantes de Director de
División y Jefe de Departamento pertenecientes al sistema escalafonario de
la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986.

El crédito suprimido será transferido a un objeto especial con destino a
financiar asignación de funciones transitorias necesarias para su
funcionamiento, y se destinarán posteriormente a financiar las funciones
de conducción del nuevo sistema escalafonario resultante de la nueva
carrera administrativa.
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