Fecha de Publicación: 25/01/2011
Página: 321-A
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 29

 Agrégase al literal R) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado
1996 el siguiente inciso:
     "Asimismo quedan comprendidas en el presente literal las cajas de
auxilio y seguros convencionales por enfermedad, siempre que sus
actividades sean sin fines de lucro".

                               CAPITULO IV
       CONTINUIDAD DEL AMPARO DE MENORES Y MAYORES CON DISCAPACIDAD
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