Fecha de Publicación: 27/07/2012
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Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 14

 (Exoneración).- Exceptúase de lo dispuesto en el inciso G) del artículo
71 de la Ley N° 17.738, de 7 de enero de 2004, la presentación de
declaraciones juradas dispuestas por la presente ley.
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