Los inmuebles afectados por expropiación con destino a obras de infraestructura con declaración de urgente posesión, cuyos propietarios o poseedores con más de diez años permitan la ocupación en vía administrativa dentro del plazo máximo de treinta días a partir de la notificación de la indemnización, tendrán un incremento del 15% (quince por ciento) del valor de la tasación correspondiente al rubro terreno.
En caso de existir mejoras en las áreas afectadas, se faculta al organismo expropiante a firmar un acuerdo transaccional para abonar dichas mejoras con los propietarios o poseedores con más de diez años una vez permitida la ocupación. Dicho monto será imputado a la indemnización al momento de hacer efectivo su pago y simultáneamente con la suscripción del acta o escritura traslativa de dominio.