PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
(Riesgos cubiertos).- El asegurador puede asumir cualquier riesgo a que estén expuestos los vehículos de transporte, las mercaderías o la responsabilidad del transportador. El comienzo y cese de la cobertura de riesgos por el asegurador será fijado de acuerdo con lo pactado por las partes.Ayuda