Fecha de Publicación: 07/01/2019
Página: 17
Carilla: 17

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 12

   Agrégase a la Ley N° 18.832, de 28 de octubre de 2011, el siguiente artículo:

   "ARTÍCULO 18.- La Unidad Agroalimentaria Metropolitana estará
   exonerada de todo tipo de tributos nacionales, excepto las
   contribuciones de seguridad social".
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