Fecha de Publicación: 26/09/2019
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

   Son cometidos de la Secretaría Nacional del Deporte:

   A)   Formular, ejecutar, supervisar y evaluar planes en el deporte.

   B)   Organizar anualmente los Juegos Deportivos Nacionales.

   C)   Establecer los alcances de acuerdos de gestión y las condiciones
        de la asistencia económica para el deporte en competencia.

   D)   Orientar y asistir a las federaciones deportivas en el desarrollo
        de políticas de gestión duraderas y sustentables.

   E)   Reconocer para cada disciplina deportiva una única entidad
        dirigente como federación deportiva.

   F)   Mantener y actualizar en forma permanente el Registro de
        Instituciones Deportivas distinguiendo entre federaciones
        deportivas y clubes deportivos.

   G)   Crear con fines estadísticos un registro de instalaciones
        deportivas, de deportistas y de personal de apoyo a deportistas.

   H)   Propender al intercambio con las instituciones que producen
        conocimiento respecto al deporte, para la articulación de
        propuestas en los ámbitos en los que se desarrolla.

                               CAPÍTULO III
                           DEPORTE Y EDUCACIÓN
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