Fecha de Publicación: 07/01/2020
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

   El Centro Uruguayo de Estudios Avanzados en Cannabis funcionará en la órbita de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, que proporcionará los recursos humanos y materiales necesarios para su funcionamiento.
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