PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Facúltase al Poder Ejecutivo a exceptuar a la Universidad de la República de su inclusión en el régimen previsto en los incisos 1 y 2 del artículo 581 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001. INCISO 27 INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAYAyuda