Fecha de Publicación: 20/01/1934
Página: 117-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 46

   Las empresas remitirán planillas mensuales de resumen de contribución y trimestrales de personal, dentro de los treinta días de cada vencimiento y de acuerdo con los formularios que la Caja establecerá.
   La omisión de estos envíos dará lugar a que se aplique a la empresa omisa una multa de $ 10.00 a $ 1.000.00, a juicio de la Caja, o prisión equivalente. El cobro de las multas se hará efectivo por la ley de 29 de Mayo de 1916.
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