Fecha de Publicación: 12/12/1935
Página: 421-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 24

   Encárgase a una Comisión integrada por cinco miembros, la inmediata 
organización de esta entidad directora y el cumplimiento de esta ley en
cuanto corresponda a las funciones que se le confían, las cuales quedarán terminadas en el plazo de sesenta días a contar desde la fecha en que aquélla se constituya.
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