MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Podrán votar Consejeros: a) Los profesores en actividad de la Institución; b) Los Jefes de Trabajos Prácticos de la misma, con tres años consecutivos de actividad en el cargo; c) Los ayudantes de Clase que hayan obtenido su cargo por concurso y tengan la misma antigüedad.Ayuda