PODER LEGISLATIVO. FUNCIONARIOS. CARGOS




Promulgación: 24/05/1945
Publicación: 05/06/1945
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1945
  •    Página: 428

Artículo 7

   Los beneficios especiales que establece, para los legisladores, la ley número 9.940, de 2 de Julio de 1940, no regirán para los suplentes que desempeñen el cargo por licencia del titular, en cuanto dichos beneficios pudieran ser consecuencia del ejercicio de tal suplencia.
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