Ley N° 10980
DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION
Promulgación: 06/12/1947
Publicación: 23/12/1947
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1947
- Página: 1271
Artículo 10
Deducido el recurso, si no fuera resuelto dentro de los sesenta días de interpuesto, quedará expedita al interesado la vía jurisdiccional.
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