DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION




Promulgación: 06/12/1947
Publicación: 23/12/1947
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1947
  •    Página: 1271
Referencias a toda la norma

Artículo 13

   Los "Bonos Municipales-Servicio de Transportes Colectivos-Montevideo" a emitirse, estarán exentos de todo impuesto nacional o municipal, creado o por crear; y los "Bonos Municipales de Montevideo", de la ampliación de emisión que se autorice, tendrán las mismas garantías, características y servicios de la Deuda ampliada.
Ayuda