Ley N° 11263
CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES CIVILES ESCOLARES Y SERVICIOS PUBLICOS Y AFINES. BENEFICIOS JUBILATORIOS
Promulgación: 16/05/1949
Publicación: 01/06/1949
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1949
- Página: 536
Artículo 2
Esta pasividad será transmisible en su oportunidad, a sus causahabientes, en la proporción establecida por la ley Nº 9.940, de 2 de
julio de 1940.
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