INSTITUTO DE CONTRALOR DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES. INFRACCIONES




Promulgación: 24/10/1950
Publicación: 01/11/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 1303

Artículo 1

   Fíjase en la cantidad de cinco mil pesos ($ 5.000.00) el límite máximo de las multas previstas en el parágrafo cuarto del artículo 19 de la ley 
número 10.000. La fijación del monto de la multa, -en cada caso- deberá 
hacerse de manera fundada.

BATLLE BERRES - NILO R. BERCHESI
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