EJERCITO Y MARINA. FUNCIONARIOS MILITARES. CARGOS. ASCENSOS




Promulgación: 13/02/1952
Publicación: 20/02/1952
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1952
  •    Página: 244
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Los actuales Oficiales del Cuerpo de Administración de la Armada, en 
servicio activo, que tenían mayor grado o precedencia con respecto al 
Oficial de igual o menor jerarquía que, por cumplimiento de fallos del 
Tribunal Extraordinario (ley N° 10.726, de 25 de abril de 1946) hayan 
obtenido ascensos, serán promovidos al grado que les corresponda 
manteniendo la antigüedad o precedencia que poseían, siempre que  deducidos los tiempos que las leyes establecen como no computables para  el ascenso, no modifiquen tal situación.
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