Para los afiliados en pasividad que se acojan al beneficio de esta ley, se fija en todos los casos un alquiler ficto de $ 100.00 (cien pesos) mensuales. Ese alquiler se computará durante todo el período de tiempo en que se haya disfrutado de la casa- habitación, abonándose como reintegro el seis por ciento (6 %) de la cantidad total que resulte.
Los reintegros que corresponda pagar por este cómputo, serán percibidos por la Caja con el descuento mensual del cinco por ciento (5 %) de la pasividad.(*)