LEY DE ARRENDAMIENTOS RURALES




Promulgación: 27/04/1954
Publicación: 15/05/1954
Publicada anteriormente: 29/04/1954
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1954
  •    Página: 328
Referencias a toda la norma

CAPITULO V 
DE LAS MEJORAS

Artículo 28

   Son también de cargo del propietario las mejoras requeridas para la 
normal explotación del predio según su destino, como ser alambrados interiores, bretes, galpones de ordeñe, bañaderos, montes de abrigo, aguadas artificiales y toda adaptación del predio a los fines del contrato.
Referencias al artículo
Ayuda