FIJACION DE ASIGNACIONES DE PASIVIDAD A LOS TRABAJADORES RURALES




Promulgación: 13/12/1956
Publicación: 22/12/1956
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1956
  •    Página: 1274

Artículo 2

   Las nuevas asignaciones de pasividad que resulten de lo dispuesto en
el artículo anterior comenzarán a devengarse a partir del primer día del
mes siguiente al de la promulgación de la presente ley.
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