PRORROGA DE PLAZO. DESALOJOS RURALES




Promulgación: 04/06/1957
Publicación: 15/06/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 598

Artículo 2

   La prórroga referida no beneficiará a los productores que se 
encuentren en algunas de las situaciones previstas por el artículo 13 de 
la ley citada en el artículo anterior.
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