Las Tesorerías de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Industria
y Comercio, de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles y Escolares,
de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Trabajadores Rurales y Domésticos y de Pensiones a la Vejez, retendrán a solicitud de la Asociación de Empleados del Instituto de Jubilaciones y Afines y previa conformidad de los interesados, las cuotas sociales de los funcionarios o
ex-funcionarios afiliados a esta Institución. El monto recaudado se verterá mensualmente en la Tesorería de la Asociación de Empleados del Instituto de Jubilaciones y Afines.