PRESTAMOS HIPOTECARIOS




Promulgación: 14/06/1962
Publicación: 28/06/1962
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1962
  •    Página: 431
Reglamentada por: Decreto S/N de 12/12/1963.
Referencias a toda la norma

Artículo 19

   Esta ley se reglamentará dentro de los 60 días de su promulgación, con 
el asesoramiento de una Comisión que designará el Directorio de la 
Administración Nacional de Puertos con representantes de este Organo y de 
los funcionarios y ex funcionarios beneficiarios.
   Esta misma Comisión u otra integrada en forma similar tendrá a su cargo 
la dirección y administración de los préstamos.
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