CAPITULO I - RECURSOS BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
Artículo 106
Amplíase la "Deuda Nacional Interna 5% de 1960. Serie "A", en la suma
de $ 50:000.000.00 (cincuenta millones de pesos) destinada a incrementar
el capital para Crédito de Habilitación Industrial a que se refiere el
artículo 8° de la ley N° 11.053, de 23 de enero de 1948.