RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1964




Promulgación: 02/12/1965
Publicación: 21/12/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1965
  •    Página: 1530

Referencias a toda la norma

CAPITULO I - RECURSOS
IMPUESTO EXTRAORDINARIO AL MAYOR VALOR DE LA PRODUCCION AGROPECUARIA

Artículo 52

   Quedarán exoneradas del impuesto las personas físicas que en conjunto 
ocupen una superficie inferior a 500 hectáreas.
   A estos efectos se sumarán las superficies ocupadas por las personas 
físicas y las que correspondan proporcionalmente a sus cuotas partes en sociedades personales, aparcerías y condominios.
   Los cónyuges que vivan conjuntamente deberán sumar los bienes 
propios, los gananciales y aquellos cuya ocupación se efectúe a cualquier
título, en un única liquidación, y con deducción del mínimo no imponible
de 500 hectáreas.
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