Los contribuyentes por impuestos nacionales, sus recargos e intereses
que se acojan a los beneficios de esta ley y presenten documentos en
garantía que no cumplan con la totalidad de los requisitos exigidos por
el artículo 95, serán sancionados por la Oficina recaudadora, previas las
comprobaciones del caso, con multas de hasta diez veces el monto del
documento en infracción.