VIVIENDAS. PRESTAMOS PARA FUNCIONARIOS Y EX FUNCIONARIOS DE UTE




Promulgación: 09/02/1967
Publicación: 02/03/1967
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1967
  •    Página: 267
Referencias a toda la norma

Artículo 5

  Los inmuebles gravados con hipoteca con garantía de los préstamos
previstos por esta ley, estarán exentos de todos los tributos nacionales
que gravan la propiedad inmobiliaria durante un término de diez años, a
contar de la constitución del gravamen y siempre que este no haya sido
cancelado.
Asimismo estarán exentos de todos los tributos nacionales que gravan las
trasmisiones inmobiliarias y los préstamos, los actos y contratos
relativos a la adquisición y gravamen de bienes financiados con los
préstamos previstos por esta ley.

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