APROBACION DEL TEXTO ORDENADO 1968




Promulgación: 24/10/1968
Publicación: 30/10/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1968
  •    Página: 2544

Referencias a toda la norma

TITULO II
CAPITULO II - IMPUESTO A LA PRODUCCION MINIMA EXIGIBLE DE LAS EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS

Artículo 66

   Créase una Comisión que se denominará "Comisión Nacional de Estudio Agroeconómico de la Tierra", integrada por un delegado del Ministerio de Agricultura y Pesca, que la presidirá, un delegado de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, un delegado del Instituto Nacional de Colonización, dos delegados de los productores designados por las entidades gremiales rurales en la forma que reglamente el Poder Ejecutivo y un funcionario técnico de cada una de las siguientes reparticiones: Dirección de Sueldos y Fertilizantes, Oficina de Programación y Política Agropecuaria, Dirección General del Catastro Nacional, Instituto Geográfico Militar y Grupo Fotográfico de la Fuerza Aérea Uruguaya.
   Las reparticiones e instituciones representadas podrán nombrar un
suplente alterno. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Ley Nº 14.903 de 11/06/1979 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.695 de 24/10/1968 artículo 66.
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