RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1966 Y 1967




Promulgación: 09/01/1969
Publicación: 21/01/1969
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1969
  •    Página: 50
Referencias a toda la norma

CAPITULO VIII - MINISTERIO DE TRANSPORTE COMUNICACIONES Y TURISMO
SECCION III

Artículo 104

   Incorpóranse a la planilla del Programa 9.09 "Dirección Nacional de 
Turismo" los siguientes cargos de la planilla del Programa 9.01: 6 
agentes de Promoción; 3 Agentes de Promoción (Intérpretes - Traductores) 
1 Director de Centros de Información.
   Asimismo se incorporarán a la Planilla del Programa 9.09 los cargos 
provenientes del ex Item 9.02 incorporados al Programa 9.01 por la ley 
N° 13.640, de 26 de diciembre de 1967.
   Los titulares de los cargos referidos precedentemente, continuarán 
percibiendo las compensaciones sujetas a montepío que a la fecha de vigencia de esta ley tenían asignadas, transformándose en compensaciones 
al funcionario.

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