TITULO I - RENDICION DE CUENTAS Y EGRESOS CAPITULO XI - MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Artículo 104
Habilítase en el Programa 8.01 "Administración General" del Inciso 8,
el Rubro 0, Renglón 072, "Compensación por tareas extraordinarias" con
una dotación de $ 12:000.000 (doce millones de pesos).