RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1969




Promulgación: 19/10/1970
Publicación: 20/10/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1970
  •    Página: 539
Referencias a toda la norma

TITULO I - RENDICION DE CUENTAS Y EGRESOS
CAPITULO XI - MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
CONSEJO NACIONAL DE SUBSISTENCIAS Y CONTRALOR DE PRECIOS

Artículo 109

   Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas para que, con cargo al 
Tesoro Nacional y en carácter de oportuno reintegro, adelante fondos al 
Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios con destino a la 
adquisición de artículos de primera necesidad.
   Dichos adelantos serán sujetos a la forma y condiciones que determine 
la reglamentación.
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