TITULO I - RENDICION DE CUENTAS Y EGRESOS CAPITULO XV - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Artículo 180
Autorízase al Ministerio de Salud Pública para que, en representación del Estado, done las fracciones del terreno, con los edificios y mejoras
que contienen, ubicadas en la 1ª Sección del departamento de San José,
Padrón Nº 1894, señaladas con los números 1 y 3 en el plano inscripto en
la Oficina Departamental de Catastro de San José con el Nº 2149, el 8 de
octubre de 1969, al Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal con destino al Instituto Normal "Elia Caputi de Corbacho" de San José, la
Nº 1 y a la Liga Uruguaya contra la Tuberculosis con destino al Preventorio Infantil de dicha localidad, la Nº 3.